Centro Nacional de Documentación e Información de Medicamentos

Modificación de Código Penal tuvo 79 votos a favor

Entrará en vigencia tras promulgación del Presidente de la República

El Pleno del Congreso de la República aprobó casi por unanimidad el proyecto de ley promovido por el Grupo Técnico Multisectorial de Prevención y Combate al Contrabando, Comercio Ilegal y Falsificación de Productos Farmacéuticos y Afines (Contrafalme) y el Ministerio de Salud para modificar los artículos 286, 287, 288 y 294 e incorpora los artículos 294-A, 294-B y 294-C del Código Penal con el fin de establecer sanciones de hasta quince años de prisión efectiva contra quienes incurran en el comercio ilegal de medicamentos.

“Esto es resultado de una larga lucha a favor de la salud de la población pues, al no estar tipificada la comercialización ilegal de medicamentos en todas sus modalidades, como la comercialización de fármacos falsificados, adulterados, con fecha de vencimiento expirada, robados de los servicios de farmacia de establecimientos de salud del Estado y privados o los que ingresan de contrabando al país, estos delitos quedaban impunes”, señaló el director general de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), Víctor Dongo Zegarra.

El funcionario de la Digemid consideró también que la aprobación de esta iniciativa es resultado del esfuerzo desplegado por todas las instituciones públicas y privadas agrupadas en Contrafalme, con el fin de proteger la salud de los peruanos y lograr que se apliquen castigos ejemplares para quienes la ponen en peligro.

Dongo explicó que el proyecto de ley fue formulado por Contrafalme, respaldado en su totalidad por el Ministerio de Salud y aprobado por el Consejo de Ministros; luego, el 21 de agosto de 2007 fue remitido con carácter de urgencia al Congreso de la República con la firma del presidente de la República, Alan García Pérez.

Dongo explicó que el proyecto de ley fue formulado por Contrafalme, respaldado en su totalidad por el Ministerio de Salud y aprobado por el Consejo de Ministros; luego, el 21 de agosto de 2007 fue remitido con carácter de urgencia al Congreso de la República con la firma del presidente de la República, Alan García Pérez.

Tras la presentación de varios dictámenes, las Comisiones de Salud y de Justicia del Legislativo presentaron un texto sustitutorio consensuado el 13 de mayo de 2010 y, tras la sesión plenaria de hoy, se acordó incorporar algunas sugerencias de los parlamentarios que participaron en el debate.

Abrumadora aprobación

La aprobación del texto sustitutorio consensuado de la Ley que modifica el Código Penal, sobre la contaminación y alteración de alimentos destinados al consumo humano -que incluye a los medicamentos- presentado el 13 de mayo de 2010 de manera conjunta por las comisiones de Salud y Justicia del Congreso, se produjo luego de un arduo debate con 79 votos a favor, dos en contra y una abstención.

Luego se aprobó su exoneración de segunda votación (con 76 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones) con lo que quedó lista para su promulgación por parte del Presidente de la República -quien tiene un plazo de 15 días para hacerlo- y entrará en vigencia tras su publicación en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Dongo recordó que el proyecto inicial fue presentado por Contrafalme hace tres años, pero a pesar de ser aprobado en las comisiones de Salud y Justicia, “se le dio largas al asunto y no era debatido por el Pleno”.

Modalidades y sanciones

El director de la Digemid explicó que la Ley aprobada establece penas de cárcel no menor de cuatro años ni mayor de diez para quienes incurran en el delito de la adulteración de medicamentos, a lo que se suma la sanción de 180 a 360 días multa.

“Asimismo, el artículo 294 en su inciso ‘A’ señala la misma sanción para quienes comercialicen medicamentos con fecha de vencimiento expirada y el inciso ‘C’ establece los agravantes cuando se producen lesiones graves o la muerte, que serán sancionados con penas de ocho a quince años de prisión efectiva”, detalló.

Dongo agregó que ahora -con la modificatoria de Código penal- cuando se realicen los operativos, existirá la seguridad de que los responsables serán sancionados.

“Sin embargo, debemos contar con la colaboración de la población, que debe comprar sus medicamentos en lugares seguros y registrados, que cuenten con un químico farmacéutico regente y no en mercadillos ni puestos de venta ambulante. Además deben revisarlos cuidadosamente, verificando que el nombre, la fecha de vencimiento vigente, el registro sanitario y el número de lote se vean claramente y el producto no haya sido abierto o manipulado”, acotó.

Lima, 24 de marzo de 2011

NP. 0253-11